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Derecho a la libertad de asociación

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Definición[editar]

Derecho de toda persona a integrarse o reunirse de manera lícita y pacífica, con el objetivo de conformar entidades permanentes y con personalidad jurídica.

Acto violatorio[editar]

Toda acción, omisión o aquiescencia por parte del Estado para impedir que las personas se integren o reúnan de manera lícita y pacífica, con el objetivo de conformar entidades permanentes con personalidad jurídica.