Diferencia entre revisiones de «Derecho a la vida»
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Aquel que garantiza el respeto al ciclo vital de todo ser humano desde su concepción hasta su muerte, no puede ser coartado y su aseguramiento implica acciones concretas de prevención, control y limitación de cualquier circunstancia que lo ponga en riesgo. | |||
== Fundamentación jurídica== | |||
'''Internacional''' | |||
* Declaración Universal de Derechos Humanos (artículo 3) | |||
* Declaración Americana de los Derechos y Deberes del Hombre (artículo I) | |||
* Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos (artículo 6.1) | |||
* Convención Americana sobre Derechos Humanos ''Pacto de San José'' (artículo 4.1) | |||
'''Nacional''' | |||
* Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos (artículo 22, párrafo primero) | |||
* Ley General de Víctimas (artículos 7, fracciones IV y VIII; 21 y 40) | |||
'''Local''' | |||
* Constitución Política del Estado Libre y Soberano de México (artículo 7) | |||
* Código Penal del Estado de México (artículos 241, 246, 248) | |||
* Código Civil del Estado de México (artículo 2.1) | |||
* Ley de Víctimas del Estado de México (artículos 12, fracción XIV; y 42, fracción XI) | |||
== Derechos específicos == | |||
== Derechos | |||
===<span style="font-size: 90%; font-weight: normal; color: black;">[[Derecho a preservar la vida humana | Derecho a preservar la vida humana ]]</span>=== | ===<span style="font-size: 90%; font-weight: normal; color: black;">[[Derecho a preservar la vida humana | Derecho a preservar la vida humana ]]</span>=== | ||
===<span style="font-size: 90%; font-weight: normal; color: black;">[[Derecho a no ser privado de la vida, arbitraria, extrajudicial o sumariamente | Derecho a no ser privado de la vida, arbitraria, extrajudicial o sumariamente ]]</span>=== | ===<span style="font-size: 90%; font-weight: normal; color: black;">[[Derecho a no ser privado de la vida, arbitraria, extrajudicial o sumariamente | Derecho a no ser privado de la vida, arbitraria, extrajudicial o sumariamente ]]</span>=== | ||
===<span style="font-size: 90%; font-weight: normal; color: black;">[[Derecho a preservar la vida al producto de la concepción | Derecho a preservar la vida al producto de la concepción ]]</span>=== | ===<span style="font-size: 90%; font-weight: normal; color: black;">[[Derecho a preservar la vida al producto de la concepción | Derecho a preservar la vida al producto de la concepción ]]</span>=== | ||
===<span style="font-size: 90%; font-weight: normal; color: black;">[[Derecho a no ser víctima de genocidio | Derecho a no ser víctima de genocidio ]]</span>=== | ===<span style="font-size: 90%; font-weight: normal; color: black;">[[Derecho a no ser víctima de genocidio | Derecho a no ser víctima de genocidio ]]</span>=== | ||
Revisión actual - 00:17 3 jul 2025
Definición[editar]
Aquel que garantiza el respeto al ciclo vital de todo ser humano desde su concepción hasta su muerte, no puede ser coartado y su aseguramiento implica acciones concretas de prevención, control y limitación de cualquier circunstancia que lo ponga en riesgo.
Fundamentación jurídica[editar]
Internacional
- Declaración Universal de Derechos Humanos (artículo 3)
- Declaración Americana de los Derechos y Deberes del Hombre (artículo I)
- Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos (artículo 6.1)
- Convención Americana sobre Derechos Humanos Pacto de San José (artículo 4.1)
Nacional
- Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos (artículo 22, párrafo primero)
- Ley General de Víctimas (artículos 7, fracciones IV y VIII; 21 y 40)
Local
- Constitución Política del Estado Libre y Soberano de México (artículo 7)
- Código Penal del Estado de México (artículos 241, 246, 248)
- Código Civil del Estado de México (artículo 2.1)
- Ley de Víctimas del Estado de México (artículos 12, fracción XIV; y 42, fracción XI)